Piden a Ito Bisonó explicar su fórmula en la “Nominilla Temporal” de Industria y Comercio

Ha corrido como pólvora en las redes sociales que algo extraño ocurre en el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, en relación a una “nómina temporal” registrada en su página web. En Twitter bajo el Ht: itoaclaralanomina usuarios de la red le piden al ministro que aclare la nómina.

Cuando se hace un análisis al documento y por la fecha de duración de los empleados, el MICM estaría en franca violación a la Ley 41-08 de Administración Pública. (VER NOMINILLA)

Al verificar la nómina tiene 532 empleados por un monto ascendente a 38 millones 385 mil 166 con 67. De los 532, 531 han sido nombrados en la gestión actual y uno en la pasada. El empleado con mayor duración y único del pasado es del 03 de julio 2020 y a partir de ahí todos son del primero de septiembre 2020.

Los sueldos registrados van desde 20 mil pesos el mínimo y 200,000 mil el máximo.

Lo que dice la Ley de Administración Pública 41-08.

El Artículo 25 indica que: “Podrán nombrarse empleados temporales en aquellos cargos de carrera administrativa de naturaleza permanente que se encuentren vacantes y no puedan proveerse de forma inmediata por personal de carrera. Asimismo en los que exista un titular con derecho a reserva, que por cualquier causa prevista no pueda desempeñarlo”.

El párrafo 2 del mismo artículo dice que: “El nombramiento de personal temporal se extenderá por un plazo máximo de hasta seis (6) meses, durante el cual deberá procederse a la cobertura legalmente establecida. Si transcurrido dicho plazo el puesto no ha sido objeto de convocatoria para su provisión no podrá seguir siendo desempeñado”.

“Sin embargo, ese personal difícilmente cumpla con la primera condición, porque no hay tantos puestos de carrera que llenar y claramente no cumple con la segunda condición porque 500 exceden los seis meses que indica la ley y solo 32 tienen menos de ese número”.

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